Miercoles, 23 de Septiembre de 2026
Política 21/09/2026

Residuos: Del Valle destacó el fallo del STJ y atribuyó un “interés político” al planteo judicial

El subsecretario de Legal y Técnica de Concordia, Ignacio del Valle, valoró la resolución que confirmó el rechazo de la acción contra la Licitación Pública N° 47/2026. El STJ mantuvo vigente el proceso, aunque aclaró que las obligaciones ambientales previstas por el régimen GIRSU continúan siendo exigibles.

Residuos: Del Valle destacó el fallo del STJ y atribuyó un “interés político” al planteo judicial

El fallo del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos sobre la licitación del servicio de recolección de residuos continúa generando repercusiones en Concordia.

El subsecretario de Legal y Técnica de la Municipalidad, Ignacio del Valle, destacó la resolución que confirmó el rechazo de la acción judicial presentada contra la Licitación Pública N° 47/2026 y consideró que lo resuelto dejó en evidencia, según su interpretación, un componente de “interés político” detrás del cuestionamiento.

Qué resolvió el Superior Tribunal

El STJ rechazó la apelación presentada por Álvaro Enrique Sierra y Pablo Lapiduz y confirmó el pronunciamiento de primera instancia. De esta manera, quedó vigente el proceso licitatorio impulsado por el Municipio para la recolección domiciliaria de residuos.

Uno de los puntos cuestionados estaba relacionado con el cumplimiento de disposiciones ambientales correspondientes al régimen de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU).

El Tribunal consideró que no se había acreditado un incumplimiento manifiesto que habilitara las acciones promovidas y señaló que la discusión planteada excedía el marco procesal utilizado por los demandantes.

Las obligaciones ambientales continúan

El fallo, sin embargo, no estableció que las obligaciones ambientales dejaran de aplicarse ni declaró que el pliego reprodujera exhaustivamente todas las exigencias GIRSU.

Por el contrario, la resolución indicó que esas obligaciones continúan vigentes durante la prestación y que la Municipalidad mantiene facultades de inspección, supervisión y control.

Del Valle sostuvo que la licitación corresponde específicamente a una etapa del sistema vinculada con la recolección de residuos y diferenció esa prestación de la disposición final y el tratamiento.

El plazo de la contratación

Otro de los cuestionamientos estuvo relacionado con la duración del contrato.

La licitación contempla un período inicial de cuatro años, mientras que la normativa municipal establece un máximo de seis. El STJ consideró que actualmente no existe una violación a ese límite, ya que una eventual prórroga constituye una decisión futura que deberá ajustarse a la normativa vigente.

El proceso licitatorio había recibido seis ofertas y posteriormente fue adjudicado a VITSA Soluciones Ambientales S.A.

La lectura política de Del Valle

Tras conocerse la decisión judicial, Del Valle valoró el pronunciamiento y sostuvo que el resultado respaldó aspectos centrales del procedimiento municipal.

La caracterización sobre la existencia de un “interés político” corresponde a la evaluación del funcionario y no constituye una conclusión expresada por el Superior Tribunal en los fundamentos del fallo difundidos públicamente.